La justicia europea declara ilegal el canon digital

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conexion-internet-09-06-16

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado hoy, mediante una sentencia, que el canon digital que el Gobierno de Rajoy aprobó en 2012 es contrario a la normativa europea.

Mediante dicho canon, el pago de la compensación a los autores por copia privada corre a cargo de los presupuestos generales del estado: “Desde 2012, la compensación equitativa por copia privada en España se sufraga con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. En virtud de este sistema, el importe de esta compensación se determina anualmente, dentro de los límites presupuestarios establecidos para cada ejercicio”.

El Tribunal de Justicia declara que la Directiva europea “se opone a este sistema, en la medida en que no asegura que el coste de la compensación equitativa sea soportado, en último término, por los usuarios de copias privadas”.

“El Tribunal de Justicia observa que la excepción de copia privada se ha concebido en beneficio exclusivo de las personas físicas, que efectúan o tienen la capacidad de efectuar reproducciones de obras o de otras prestaciones protegidas para un uso privado sin fines comerciales. Estas personas son quienes causan un perjuicio a los titulares de los derechos y quienes, en principio, están obligadas a financiar, como contrapartida, la compensación equitativa que se les adeuda. Por su parte, las personas jurídicas están excluidas del derecho a acogerse a esta excepción”, dice la nota de prensa del Tribunal.

“En este marco, aunque los Estados miembros pueden, ciertamente, instaurar un sistema en virtud del cual, en determinadas circunstancias y por razones prácticas, las personas jurídicas estén obligadas a financiar la compensación equitativa, estas personas jurídicas no pueden, en ningún caso, ser en último término deudoras efectivas del mencionado gravamen. Este requisito se aplica en todos los casos en los que un Estado miembro introduce la excepción de copia privada, con independencia de si éste establece un sistema de compensación equitativa sufragada mediante un canon o con cargo a sus Presupuestos Generales.

El canon español, al financiarse mediante los Presupuestos Generales del Estado, obliga a las personas que no realizan copias a que también paguen la compensación a los autores. Y por otro lado, no se ha demostrado que en España exista mecanismo alguno que permita a las personas jurídicas solicitar la exención de la obligación de contribuir a financiar esta compensación, o, al menos, solicitar la devolución de esta contribución”.

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