El fiscal ha pedido el sobreseimiento del proceso que se sigue en Argentina contra Andrés Calamaro porque manifestó estar fumándose un porro en público uando una sentencia de la Corte Suprema determinaba que no es delito el consumo personal de drogas.
Se pide el sobreseimiento “porque el hecho no encuadra en una figura legal”, dice el dictamen del fiscal. Y continúa, en la habitual jerga legal: “Las expresiones de Andrés Calamaro denotan un sentido vinculado a la noción de ciudadanía, anclada en el incremento de la intensidad de los derechos individuales derivada de la sentencia” del caso Arriola, por la que el Alto Tribunal “ratificó -en condiciones puntuales- la atipicidad de la tenencia de drogas prohibidas en la esfera individual para consumo personal, es decir, que no puede ser alcanzada por el poder punitivo del Estado”.
Finalmente, la fiscalía afirma que las palabras de Calamaro tampoco pueden ser perseguidas “porque tienen que ver con una opinión más de las tantas que atravesaron aquella sentencia que, en este caso, conllevan un ‘plus’ generado por el capital simbólico de su autor”. “En términos del ejercicio de la acción penal (las expresiones), carecen de relevancia delictiva», porque la denuncia “está cimentada en el capital simbólico del emisor. Tal circunstancia, así, es parte de la gama de opiniones que circulan en el espacio público”.