El 1 de enero entra en vigor en la Unión Europea una nueva legislación del IVA, por la que a partir de ahora el pago de este impuesto en las compras de productos digitales (música, películas, e-books) no se realizará en el país del vendedor, sino en el del comprador. La medida quiere evitar que las grandes compañías, como Amazon, Apple o Google, fijen fiscalmente sus bases de operaciones en los países de la UE con el IVA más bajo.
Pero esto, como explica un artículo de “Billboard” puede perjudicar a las pequeñas discográficas y a los músicos independientes que venden directamente su música, al aumentar los costes económicos y embrollar los trámites administrativos. Por ejemplo, en el Reino Unido hay una exención del IVA por debajo de las 81 libras. Pero ahora, un músico británico que venda directamente su música a un comprador extranjero perderá esta exención y tendrá que aplicar el IVA del país del comprador. Las empresas que vendan en la UE estarán obligadas a certificar el lugar de residencia del cliente y que se ha aplicado el IVA correcto.
Para evitar que las pequeñas empresas (o músicos que venden directamente) tengan que tributar directamente en cada país de la UE el IVA que han recaudado, se ha creado un organismo denominado VAT MOSS (IVA Mini One Stop Shop), que enviará los pagos del IVA a la jurisdicción del Estado miembro que corresponda. A pesar de esto, son las grandes compañías las que mejor pueden hacer frente a estos trámites y a un menor coste.